Con miras a las Elecciones Nacionales y Departamentales del 30 de abril, se cumple con el plazo establecido en el Cronograma Electoral referente al inicio del periodo de propaganda electoral en medios masivos de comunicación.
La propaganda electoral en los medios radiales, escritos y televisivos se extenderá en un plazo de treinta días. Vale recordar que dos días antes de los comicios queda prohibida toda clase de propaganda electoral, es decir hasta el 27 de abril.
El objetivo de la propaganda, acorde al artículo 290 de la Ley Nº 834/96, es la difusión de los planes y programas de las organizaciones políticas, con el fin de que los electores tengan conocimiento de quienes son los candidatos que pugnarán en las Elecciones Nacionales.