La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado Paraguayo por el homicidio del periodista Santiago Leguizamón ocurrido el 26 de abril de 1991 en la ciudad de Pedro Juan Caballero. La sentencia fue por la falta de investigación efectiva como también la falta de garantías a los familiares del comunicador asesinado.
El presidente de la Corte IDH, Ricardo Pérez Manrique, señaló que Paraguay “es responsable por violaciones al derecho a la vida y a la libertad de pensamiento y expresión” en perjuicio de Leguizamón, y además por violaciones a los derechos a las garantías judiciales, protección judicial e integridad personal, en perjuicio de la familia del comunicador.
Ahora el Estado Paraguayo deberá pagar en concepto de indemnización USD 235.000 a la familia del periodista, además USD 15.000 a la Coordinadora de Derechos Humanos de Paraguay (CODEHUPY).
También el Estado Paraguayo deberá realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y reinstalará el premio nacional para periodistas Santiago Leguizamón, que deberá otorgarse de manera anual por al menos cinco años.