Desde las famosas comisiones pro escuelas, cooperadoras escolares y las Aces (Asociación de Cooperadora Escolar), siempre fueron los padres de familia quienes buscaron «cubrir» la deficiente atención a la educación por parte de los gobiernos de turno.
Actualmente las ACEs siguen estando bajo la figura de «participación ciudadana», lo que en realidad está en dudas, ya que en casi el cien por ciento de participación que tienen los miembros de las ACEs es buscar cubrir la deficiente atención del MEC en cuanto a gastos que en realidad son obligaciones del gobierno nacional, así encontramos que los padres de alumnos de escuelas y colegios públicos deben colaborar para no solamente mantención del edificio sino también limpiezas, pago de salarios de serenos, guardias y hasta en algunos casos rubros de algunos docentes. Pero, ¿Cuáles son los derechos y obligaciones de los miembros de las Asociaciones de Cooperadoras Escolares (ACEs)?
En la Ley 4853 «Que Regula la Conformación, Organización, y Funcionamiento de la Asociación de Cooperadora Escolar (Ace)», se establece los derechos y obligaciones de los integrantes de las denominadas ACEs. Así por ejemplo, estas organizaciones tienen el derecho de acceder a información detallada en cuanto a la utilización de recursos que el MEC envía a las respectivas direcciones de la escuela o colegio en que es miembro. Otro punto a resaltar es que los recursos financieros captados por las ACEs deben ser administrados por estas organizaciones y no por ningún directivo de las instituciones educativas. La rendición de cuentas de la administración de recursos también es una obligación de los miembros
La referida ley también aclara que «Los padres de familia, tutores o encargados que demuestren su condición económica deficitaria, serán exonerados del pago de contribuciones establecidas en los estatutos de la Asociación de Cooperación Escolar (ACE)».
Aquí la Ley 4853 «Que regula la Conformación, Organización, y Funcionamiento de la Asociación de Cooperadora Escolar (Ace)»