Señor Intendente Municipal, Señor Secretario de la Municipalidad, Señores concejales municipales, ¿Podrían por favor cumplir con la ley?

Publicación

Siendo las 14:00 horas de hoy martes 12 de enero, SU ADMINISTRACIÓN no ha dado cumplimiento a lo que establece la Ley Nacional 5282/2014 De libre Acceso a la Información Pública y Transparencia Gubernamental, que en su artículo 8 expresa cuanto sigue:

“Regla general.  Las fuentes públicas deben mantener actualizadas y a disposición del público en forma constante, como mínimo, las siguientes informaciones: Inciso C: Todo el marco normativo que rija su funcionamiento y las normas constitucionales, legales de alcance nacional o local y reglamentario cuya aplicación esté a su cargo.”

Pero SU ADMINISTRACION NO LO HA HECHO, y –señor Intendente- esto es exclusiva responsabilidad suya y del Secretario de la Municipalidad. También hay una grave omisión –hasta cabe el término negligencia- por parte de quienes deberían verificar el cumplimiento de este punto: la Honorable Junta Municipal, que hasta dónde sabemos no parece ni interesada ni preocupada por el hecho.

Su mal proceder viola principalmente lo que manda la Ley Nacional 3966/2010 Orgánica Municipal que en su artículo 43 expresa:

“Remisión de Ordenanzas a Otros Organismos: Entre el uno y el diez de cada mes, el Intendente Municipal remitirá las ordenanzas promulgadas en el mes anterior, para su conocimiento, a la Junta Municipal, al Ministerio del Interior y al Gobierno Departamental respectivo.

Además, viola el artículo 44 de la misma ley citada, que establece:

“Publicación de Ordenanzas: Las ordenanzas tendrán fuerza obligatoria desde el día siguiente de su publicación íntegra en cuanto menos un diario de amplia circulación local. A falta de diarios de circulación local o de recursos económicos para la publicación, las Ordenanzas tendrán fuerza obligatoria después de la exposición de su texto íntegro durante diez días, por lo menos, en sitios públicos del municipio o mediante la difusión por otros medios idóneos escritos, radiales, televisivos o medios electrónicos durante el mismo plazo.”

Mal ejercicio en sus funciones

En la página web oficial de la Municipalidad de San Lorenzo faltan muchas ordenanzas que son de interés para los contribuyentes en razón de que les puede ser requerido su cumplimiento. Asimismo, le recuerdo señor Intendente, que los contribuyentes tenemos el derecho de saber QUE es lo que piensan hacer con nuestro dinero.

Lo que aparenta ser una actitud descuidada, o incluso solapada, en el manejo de las leyes municipales y principalmente con el “Presupuesto General de Gastos del año 2021” está definido por la Carta Orgánica Municipal como mal desempeño en sus funciones.

La ciudadanía tiene derecho a leer y a conocer no solo el Presupuesto Municipal, sino también la Ordenanza Tributaria, a través de la cual se establece lo que tendrán que pagar durante este año a su administración. A menos, señor Intendente, que lo ocurrido sea hecho a propósito, para permitir que las decenas de “gestores” (muchos de ellos funcionarios públicos en horario laboral) puedan aprovecharse mejor de las personas que vienen a cumplir con sus obligaciones, y sacar jugosas tajadas.

La ciudadanía tiene el derecho de acceder a la lectura y conocimiento de todas las Ordenanzas y Resoluciones municipales: y usted tiene la obligación de publicarlas.

Quizas en estos momentos y por todo lo mencionado, queda menos clara que nunca la razón por la cual usted Señor Intendente ha obtenido de su Junta Municipal el libre uso de millonarios montos destinados a equipamiento electrónico y digital, mantenimiento de redes de comunicación, y “contratos plurianuales de propaganda o publicidad”.

¿Para qué tanto dinero, si no piensa siquiera publicar las Ordenanzas y Resoluciones Municipales? ¿Acaso sería para financiar otro tipo de propaganda?

En razón de todo lo mencionado, solicito copia autenticada -en papel impreso o en archivo digital- de las siguientes Ordenanzas Municipales: 17/2020, 26/2020, 29/2020, 31/2020, 32/2020, 33/2020, 34/2020, 35/2020, 36/2020, 37/2020 y las otras que habrían sido promulgadas posteriormente durante el pasado año 2020, ya que nadie sabe a ciencia cierta cuáles o cuántas ordenanzas existen, ni si están vigentes, ni su contenido. (también solicitado en el portal de información pública del gobierno nacional) Pedido número #38044

Por alguna razón muy oscura, las leyes de la ciudad se han vuelto “confidenciales”.

Vergüenza aparte, si luego de este pedido su administración municipal tiene a bien publicar todas las ordenanzas del año 2020, incluyendo las citadas más arriba, no hará falta que me envíen la información solicitada, ni escrita ni en pen drive.

Señor Intendente Municipal, Señor Secretario Municipal, señores Concejales Municipales… por favor, cumplan con lo que mandan las leyes de la nación.

Muchas Gracias.

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