La ley 6.699 que dispone el uso obligatorio de mascarillas higiénicas, en el marco de la emergencia por covid-19. La obligatoriedad es para personas a partir de los 10 años de vida y la ley prevé de sanciones ecnómicas para quienes no la cumplen.
- A partir de los 10 años: El uso obligatorio de tapabocas es para las personas a partir de las 10 años de edad en todos los lugares cerrados, públicos o privados, de uso público, exceptuando los lugares privados de uso privado
- En los transportes públicos y privados también es obligatorio el uso indispensable de las mascarillas. El no cumplimiento de la ley tendrá sanciones como multa de entre 5 hasta 20 jornales mínimos.
- La multa para los transportistas de pasajeros en caso de que haya personas que no usan mascarilla será de hasta 200 jornales mínimos.
- Para los locales que no se cumplen los reglamentos podrán suspenderse sus actividades durante 10 días y en caso de reincidencia se habla de clausura definitiva.
- La sanción a los particulares será vía juez que será requerido por la Policía Nacional.
- En cuanto a vehículos particulares, sus ocupantes podrán prescindir del uso de la mascarilla
Para leer toda la ley ir al link: http://www.gacetaoficial.gov.py/index/getDocumento/66640