Lo que dice el decreto de “medidas especiales por fin de año”

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A partir de hoy lunes 21 de diciembre rige el decreto presidencial que implementa «medidas especiales» que se implementaran por fin de año para evitar contagio o expansión de la enfermedad covid-19.

El nuevo Decreto firmado por el Poder Ejecutivo señala que los habitantes podrán desplazarse desde las 05:00 hasta las 23:59 horas a excepción de los días 24 y 25 de diciembre, así como el 31 de diciembre 2020 al 1 de enero del 2021, fechas en las que se podrá circular hasta la 01:00 horas.

Se permite la actividad física para todas las personas en espacios al aire libre en grupos de hasta cuatro (4) personas, excluyendo aquellas de contacto físico.

No están habilitadas las piscinas de acceso al público, balnearios y playas.

Se dispone la obligatoriedad del uso de las mascarillas (tapabocas) en lugares cerrados, en la vía pública, en el transporte público de corta y larga distancia, así como en aquellos lugares en los que no se pueda mantener el distanciamiento físico establecido por los protocolos de aislamiento.

Es obligatorio el cumplimiento del protocolo recomendado por el MSPBS (Lavado de manos, distanciamiento social y uso de mascarillas) para el ingreso a los lugares y para la realización de las actividades y servicios establecidos en el presente decreto.

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