Días pasados los Bomberos Voluntarios de la Séptima Compañía de San Lorenzo recibieron en su cuartel una flamante ambulancia equipada y lista para hacer servicios ante cualquier emergencia donde una ambulancia muchas veces significa la propia vida de quienes sufren algún accidente.
Se destaca que los gastos tienen origen en la colaboración de la ciudadanía y el sacrificio de los voluntarios de dicho cuartel, ya que el aporte Municipalidad aún “brilla” por su ausencia.
El móvil es de la marca Toyota modelo 2009, según el Capitán Mayor BVC y actual comandante de los socorristas amarillos, Plinio Suarez, la ambulancia es producto de la colaboración de la ciudadanía sanlorenzana y el sacrificio de los bomberos voluntarios, “esto es fruto del apoyo de la ciudadanía y el sacrifico de los voluntarios del cuartel. Entendemos y sabemos de la responsabilidad de tener un móvil de esta característica y contamos con personal capacitado en la dotación”, señaló a nuestra página.
La inversión es millonaria ya que la ambulancia está totalmente equipada
Recalcó que esperan recibir siempre el apoyo de la ciudadanía sanlorenzana y lamentó que hasta el momento la Municipalidad no se puso al día con el aporte que deben destinar que figura en la Ordenanza Tributaria de este año que reglamenta el artículo 160º de la Ley Orgánica Municipal 3966/2010.
Lo que dice el ART. 122º de las tasas por servicios de prevención y protección contra riesgos de incendios, derrumbes y otros accidentes graves: RIESGO DE INCENDIOS, DERRUMBES Y OTROS ACCIDENTES GRAVES: Art. 160º de la Ley 3966/2010 “Los propietarios de las industrias y comercios en general pagarán semestralmente a la Municipalidad en oportunidad del pago de patente a la profesión, industrial y comercio, una tasa por servicio de prevención y protección contra riesgo de incendios, derrumbes y otros accidentes graves, el equivalente al 2% (dos por ciento) sobre el monto del Impuesto de Patente.
Aqui completo la Ordenanza Tributaria de este año:
http://ordenanzasmunicipales.sanlorenzopy.com/ordenanza-no-23-2018-ordenanza-tributaria/