Hasta ahora ningún concejal municipal local se pronunció sobre el grosero “error” que cometió el juez de faltas de tránsito municipal, abogado Enrique Moreno Sartorio, quien en primera instancia liberó de culpa a un ciudadano que cruzó con su vehículo de manera indebida la calle Saturio Ríos (preferencial) impactando contra otro móvil que quedó con graves daños en la parte frontal.
La sentencia de éste juez (confianza del edil Hernán “Lilo” Domínguez) fue fundamentada en que los elementos que figuran en el legajo de la causa no son suficientes como para arrojar un culpable, que más bien es «confuso» y que por eso resolvió absolver a ambos protagonistas de aquel accidente.
La sentencia de Sartorio fue apelada por Cespedes, y finalmente la asesoría utilizada por el intendente dictaminó que la sentencia adolece de errores. Finalmente el intendente hizo caso del resultado de su asesoría por lo que revocó en su totalidad dicho documento.
Para detalles del accidente automovilístico puedes leer: Intendente revocó absurda sentencia de Juez de Faltas de Tránsito
Concejales deben enjuiciar al juez de faltas. La Ley Nº 3966/2010 en su artículo Nº 36 inciso “M” especifica que entre las atribuciones de la Junta Municipal está la de; “designar, enjuiciar y sancionar a los jueces de falta”. De modo que, si los ediles “cierran los ojos” ante este hecho, será una más del “atentado” que vienen cometiendo contra la Carta Orgánica Municipal”.
La incógnita que queda después de esto es, y los otros jueces de faltas ¿qué tal andamos?.