El fuerte impacto al medio ambiente y el alto riesgo de seguridad en cuanto a cualquier tipo de accidentes que pueden ocurrir dentro o fuera de las estaciones de servicio en San Lorenzo es lo que menos importa (a juzgar por la cada vez más cantidad de estaciones de servicios habilitadas, incluso hay estaciones de servicios habilitadas casi frente a otra ya existente). No obstante, la ordenanza que regula la habilitación y funcionamiento de expendio de combustible debe ajustarse al nuevo reglamento que desde el 16 de agosto pasado puso a regir el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).
Una de las exigencias que deberán llevar en cuenta es justamente la distancia de una a otra ya existente, en este caso la nueva reglamentación vigentes es que una nueva estación de servicio deberá estar a una distancia mínima de mil metros de otra ya existente (esto rige actualmente en Asunción, pero ahora es obligatorio a nivel nacional).
Otros puntos de la nueva reglamentación para la aprobación de impacto ambiental es que el mínimo de predio para la construcción de una estación de servicios es de 600 metros cuadrados (si no tendrá lavadero u otro tipo de negocios adentro), de lo contrario deberá ser de mil metros cuadrados.
En San Lorenzo son los concejales quienes deciden la aprobación de planos y funcionamiento de las estaciones de servicios, no sin antes de la aprobación revisar si las documentaciones están adecuadas a las leyes vigentes en la materia.
Ordenanza que deberá ser ajustada ir (aquí)