abril20 , 2025

En San Lorenzo infracciones de tránsito se pueden pagar a cuotas

También ↓

Tu horóscopo para hoy 21 de abril de 2025

♈ AriesEn el amor, seduzca con sutileza y elegancia....

Buque paraguayo naufragó en el Río de La Plata; tripulación fue rescatada

Un remolcador paraguayo con 9 tripulantes y que transportaba...

¿Qué estamos haciendo de la educación en Paraguay?

Por Bárbara Avalos Nos dicen que la educación es prioridad,...

Compartir

ES PARA MOTIVAR EL PAGO DICE ORDENANZA

Una de las ordenanzas emitidas en este año es la número 51/2011 que posibilita pagar hasta en tres cuotas las multas por infracciones de tránsito en la ciudad establecidas en la ordenanza vigente número 43/2011. La normativa, según el considerando, busca aumentar el nivel de cobro de las multas debido a la situación económica que atraviesa el país.

La ordenanza expresa que las multas por infracciones de tránsito se podrán pagar hasta en tres cuotas

Los deudores de multas de tránsito de la municipalidad de San Lorenzo tendrán la posibilidad de pagar en tres cuotas para poner sus papeles al día, pero en caso de que el infractor no abonase en forma regular las cuotas fijadas, se cortará automáticamente la facilidad de pago de la misma y serán sancionados con recargo de multas e intereses correspondientes. El proyecto de ordenanza fue presentado por el concejal Nelson Peralta y fue aprobada el 23 de noviembre del corriente año.

LO QUE DICE LA ORDENANZA Nº 51/2011

ORDENANZA Nº 51/2011 (CINCUENTA Y UNO BARRA DOS MIL ONCE)

POR LA CUAL SE OTORGA A LOS INFRACTORES DE LA ORDENANZA N° 43/2011 “QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO GENERAL DE TRANSITO PARA EL MUNICIPIO DE  SAN LORENZO” Y DE LA ORDENANZA  N° 49/2.011  “POR LA CUAL SE AMPLIA Y SE COMPLEMENTA LA ORDENANZA Nº 43/2011”, FACILIDADES PARA EL PAGO DE LAS INFRACCIONES.——————————–

VISTO: El Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Municipal Nelson Daniel Peralta, en el cual expresa la necesidad de ofrecer facilidades de pago a todas las personas que han transgredido las reglas de transito, especialmente las estipuladas  en la Ordenanzas N° 43/2.011, de  la  Cuidad de San Lorenzo.————————-

CONSIDERANDO: Que, debido a la crítica situación económica por la que atraviesa el país, es de suma importancia establecer facilidades de pago a los infractores para ponerse al día en el pago de las multas establecidas en la Ordenanza vigente N° 43/2.011.—

Que, asimismo se establece en el Art. 166 dela ConstituciónNacional‘Las Municipalidades son los Órganos del Gobierno Local, con Personería Jurídica que, dentro de su competencia, tiene autonomía política, administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos”, por lo tanto se considera quela Municipalidadde San Lorenzo tiene autonomía para reglamentar el otorgamiento de prescripciones constitucionales y legales previstas en nuestro sistema impositivo.————————–

Que, la Comisión Asesora de Seguridad y Transito, teniendo en cuenta estos elementos ha emitido su dictamen de aprobación, que también establece que la Municipalidad podría dejar sin efecto las facilidades otorgadas, si los contribuyentes (deudores o morosos) que se hayan acogido al Régimen de facilidades, no cumplen con los compromisos contraídos.——————————–

Que, analizados todos los términos del Proyecto de Ordenanza, se concluye que el mismo se ajusta a derecho, por lo que corresponde su aprobación.———————-

Que, la Plenaria aprobó el Dictamen Conjunto Nº 257/2.011 de las Comisiones Asesoras de Legislación, Hacienda y Seguridad y Tránsito.——————————

POR TANTO

LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A

ARTICULO 1º Otorgar, a los infractores de la Ordenanza N° 43/2011 “Que establece el Reglamento General de Transito para el Municipio de  San Lorenzo”, y dela Ordenanza  N° 49/2.011  “Por la cual se amplia y se complementala Ordenanza Nº 43/2011”, facilidades para el pago de las infracciones mencionadas en la vigente Ordenanza, de la siguiente manera: Se considera el plazo máximo de fraccionamiento hasta tres (3) cuotas mensuales del monto total de la infracción cometida.———————————————-

ARTICULO 2º La Municipalidad podrá  dejar sin efecto las facilidades si los infractores que se hayan acogido al Régimen de Facilidades, no abonasen en forma regular las cuotas fijadas, en tal caso serán sancionados con el recargo de lo intereses y las multas correspondientes, de acuerdo a las disposiciones legales vigente para el efecto.——————————————————–

ARTICULO 3º El Ejecutivo Municipal, elaborará un programa especial en el sistema de Computación y Contable del Municipio, con códigos y nomina debidamente clasificados, que permita una Auditoria  y/o verificación constante y permanente de la marcha del programa de facilidad de pago de los infractores y elevará un informe trimestral ala Junta Municipal.———-

ARTICULO 4º Los infractores que concurran al pago voluntario del monto determinado como multas a las contravenciones notificadas, tendrán HASTA un cuarenta (40 %) de descuento, siempre y cuando lo hagan dentro del plazo establecido en el Art. 218, que es de diez (10) días hábiles, incluyendo las excepciones mencionadas en el apartado de Art. 219 dela Ordenanza 43/2011,  Reglamento de Tránsito dela Cuidad de San Lorenzo.————-

ARTICULO 5º Comunicar ala Intendencia Municipal, a quienes corresponda y cumplido archivar.—————————————-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO A LOS VEINTE Y TRES DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE. ———————————————————————————–

Lleva la firma del Secretario General de la Junta Municipal Sr Hugo Báez Sotomayor y del Presidente de la misma el Sr Alcibiades Quiñonez.

EL ESPACIO DE LA ORDENANZA NO ES PAGADO POR LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

 

 

spot_img