Con certeza se puede decir que la información permite al individuo conocer sus derechos fundamentales, por lo tanto, por medio de la información se adquiere poder y mediante ello podrá encarar acciones para disminuir la corrupción y mejorar la calidad de vida de su comunidad. Es por eso que en el año 2002 la UNESCO proclamó que cada 28 d setiembre sea declarado como “Día Internacional del acceso a la Información”.
En nuestro país por más que se cuenta con la Ley 5282/2014 “De Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Gubernamental” aún falta mucho por hacer para que la información pública sea eficiente y sobre todo dinámica en sus respuestas a las curiosidades de sus ciudadanos.
Hay incluso instituciones que antes de responder positivamente a pedidos de información aún hacen el esfuerzo por mantenerlos ocultos, como por ejemplo la Declaración Jurada de Bienes que la Contraloría General de la República lo mantiene “bajo siete llaves” y otro ejemplo de “secretismo” de información pública es que el Tribunal Superior de Justicia Electoral se niega a responder sobre pedidos de detalles de procesos antes, durante y después de las pasadas elecciones nacionales realzadas en abril de este año.
Ya en 1766 Suecia se convirtió en el primer país del mundo que reconoció y reguló con una ley específica el derecho fundamental de Acceso a la Información Pública
El acceso universal a la información está directamente relacionado con el derecho a la información, que forma parte integrante del derecho a la libertad de expresión, destacado en el Articulo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos;
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.