Vecinos miembros de la Comisión Vecinal Tapé Pyahú del barrio Capellanía reiteraron a la Municipalidad de San Lorenzo pedidos de información pública que no obtuvieron respuesta en una primera vez. Ahora los funcionarios responsables corren el riesgo de ser sancionados por incumplimiento de la Ley 5282/2014 “De Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia Gubernamental”. En una de las solicitudes sólo piden copia de una resolución municipal y en otra quieren conocer si existe plan de asfaltado de una calle, y si existiere piden conocer detalles de los mismos (Numero de ID de llamado a licitación).
Los solicitantes advirtieron a las autoridades que si se les vuelve a negar las informaciones requeridas recurrirán a las instancias pertinentes que dicta la Ley 5282/2014.
Lo que los ciudadanos quieren saber no son datos complejos, más bien son datos muy sencillos, por lo que se presume existe desinterés en responder a los contribuyentes que son los que pagan el salario de los funcionarios públicos.
CONFIRMADO LA NEGATIVA. Cabe destacar que los solicitantes cuentan con una nota firmada por la responsable de la Oficina de Acceso a la Información Pública de la Municipalidad Lic. Shirley Dick, quien informó a los mencionados contribuyentes que cumplido los 15 días hábiles que dicta la Ley 5282/2014 no hubo respuesta oficial de las dependencias de la Municipalidad y que dicha situación ha sido comunicado a la máxima autoridad, con copia a Secretaría General y a Prensa Municipal.
COPIA DE SENTENCIA DEFINITIVA: Uno de los pedidos que hasta el momento fue denegado corresponde a una copia de un expediente que contiene una sentencia definitiva que prohíbe la ampliación de una Metalúrgica ubicada en el barrio Capellanía (el referido documento aparentemente “desapareció” de la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de San Lorenzo).
Otro pedido también se relaciona con el mismo tema de dicha Metalúrgica cuya ampliación no se puede hacer por existir la sentencia definitiva más arriba citada.
COPIA DE RESOLUCIÓN DE LA JUNTA MUNICIPAL. Éste pedido habla de una resolución de la Junta Municipal emitida en el mes de junio de 2015 y se refiere a concesión de espacio público (plaza) a favor del club Sportivo Capellanía, que también no obtuvo respuesta.
SOLO QUIEREN CONOCER SI EXISTE PLAN PARA ASFALTAR UNA CALLE. La curiosidad de querer conocer si la calle Andrés Barbero del barrio Capellanía figura para ser asfaltada (presupuestada) y si se llamó a licitación, tampoco obtuvo respuesta por parte de los departamentos respectivos.
En todos los casos las autoridades están obligadas a responder a las solicitudes de información en un plazo de 15 días hábiles, y si acaso no existiere documento sobre alguno de los pedidos, los responsables debían por lo menos informar de la no existencia de dichos documentos, pero hasta el momento prefirieron llamarse a “silencio”.
LO QUE DICE EL ARTÍCULO N° 15 DE LA LEY 5282/2014. Toda solicitud deberá ser respondida dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presentación. La información pública requerida será entregada en forma personal, a través de formato o soporte elegido por el solicitante.