La Ordenanza N° 06/2013 Por la cual se dictan normas reglamentarias sobre denominación de calles y barrios de la ciudad de San Lorenzo, lleva en cuenta la participación de los vecinos y/o organizaciones quienes según el reglamento pueden proponer nombres para calles e inclusive nuevos barrios. Para ello deberá contar con la anuencia de por lo menos el 70% de los vecinos frentistas.
En nuestra ciudad actualmente varias calles de los barrios alejados del centro no cuentan con nombres que los identifique para una rápida ubicación en caso de encomiendas u otros tipos de búsquedas. Incluso los fraccionamientos de grandes extensiones de propiedades se siguen dando con regularidad.
AQUÍ LO QUE SE DEBE LLEVAR EN CUENTA PARA PROPONER NOMBRES O CAMBIO DE NOMBRES DE CALLES Y BARRIOS.
http://ordenanzasmunicipales.sanlorenzopy.com/reglamento-para-denominacion-de-calles-y-barrios/