Todos los intendentes y concejales electos el pasado 15 de noviembre, están obligados a dar cumplimiento al Art.104 de la Constitución Nacional, que los obliga a presentar sus declaraciones juradas de bienes y rentas dentro de los 15 días de haber tomado juramento al cargo. El mismo caso corre para los que hayan cesado en los puestos electivos arriba mencionados.
La Contraloría General de la República (CGR) recordó que los intendentes y concejales electos de los 250 municipios tienen tiempo hasta el 4 de enero de 2016 para que éstos realicen sus declaraciones juradas de bienes y rentas respectivos.
Ley 5033/13 “Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional, “De la declaración jurada de bienes y rentas, pasivos y activos de los funcionarios públicos”, tiene prevista sancionar a aquellos que violan dicha reglamentación con multas de 300 jornales mínimos, cesantías en sus cargos según el caso, y hasta la inhabilitación para ocupar cargos públicos y de ser electos en elección popular por el termino de 10 años”.
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