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Ordenanza obliga a la municipalidad a responder expedientes en un plazo no mayor a 5 días

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A raíz de la exagerada burocracia para dar respuesta a expedientes acercados a la municipalidad por parte de contribuyentes, la Junta Municipal resolvió emitir en febrero de este año la Ordenanza N°06/2015 que  especifica que la respuesta a dichos documentos no deberá pasar de 5 días contados a partir de haberse entregado el expediente en mesa de entrada.

La Ordenanza N° 06/2015, que establece el sistema de tramitación y plazos para expedición o contestación de expedientes y notas giradas a la Municipalidad de San Lorenzo tiene 14 artículos, donde se establecen las responsabilidades y trámites que deberán dar los funcionarios desde mesa de entrada, secretaria general y las áreas donde va dirigido la nota de parte de los contribuyentes.

LO QUE DICE LA ORDENANZA N° 06/2015

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