A raíz de la exagerada burocracia para dar respuesta a expedientes acercados a la municipalidad por parte de contribuyentes, la Junta Municipal resolvió emitir en febrero de este año la Ordenanza N°06/2015 que especifica que la respuesta a dichos documentos no deberá pasar de 5 días contados a partir de haberse entregado el expediente en mesa de entrada.
La Ordenanza N° 06/2015, que establece el sistema de tramitación y plazos para expedición o contestación de expedientes y notas giradas a la Municipalidad de San Lorenzo tiene 14 artículos, donde se establecen las responsabilidades y trámites que deberán dar los funcionarios desde mesa de entrada, secretaria general y las áreas donde va dirigido la nota de parte de los contribuyentes.
LO QUE DICE LA ORDENANZA N° 06/2015
[gview file=»https://www.sanlorenzopy.com/wp-content/uploads/2015/07/ORDJM06.15.doc»]