A pesar de la existencia de una ordenanza que indica que todas las lomadas deben contar con pinturas de señalización, un 90% no están pintadas y el 10% restante esta gastada y no fue repuesta constituyéndose en un serio riesgo para los conductores, en especial en horas de la noche.
La normativa vigente en relación a los “lomos de burro” es la Ordenanza N° 9/2013 en el cual figuran los requisitos y características generales para la colocación de las mismas. Así, en el artículo N° 4 de las características generales figura en cuanto a señalización: Debe ser clara y precisa, de ser posible, cincuenta metros antes de cada reductor se deberá indicar la existencia del mismo. De igual manera, la lomada deberá estar correctamente pintada con colores vivos, con franjas diagonales y de forma permanente para una mejor señalización, debiendo la pintura renovarse trimestralmente.
La inobservancia de estas características no permiten distinguirlas y prácticamente dejan de cumplir con la función de “reductor de velocidad” convirtiéndose en verdaderas “trampas” que inclusive pueden ser mortales a los conductores o peatones que se desplazan por la zona.
ODENANZA QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS Y CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA COLOCACIÓN DE LOMADAS
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