En San Lorenzo urge implementación de Policía Municipal con control a toda hora y que no sólo sea de transito

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Ya en abril del 2011, por iniciativa del concejal Ignacio Britez, fue emitida una ordenanza por el cual se crea la Policía Municipal, que no sólo sea de control de tránsito, sino de carácter general y puedan intervenir ante denuncias de la ciudadanía o de conocimiento de inobservancias de ordenanzas o faltas municipales diversas, como ser de medio ambiente, salud, ocupación de veredas, etc.
Esta prohibido tirar basuras en terrenos baldíos, pero nadie controla
Esta prohibido tirar basuras en terrenos baldíos, pero nadie controla

La mencionada Ordenanza es la Nº 13/2011, que en parte de su considerando expresa que es importante que los controles y atenciones ante determinadas faltas municipales deban ser a toda hora, ya que actualmente los juzgados municipales sólo atienden dentro del horario legal de trabajo dejando totalmente huérfano la atención fuera de los días y horas inhábiles.

La propuesta del mencionado reglamento es que la Policía Municipal pueda presentarse “in situ” ante el llamado de cualquier ciudadano cualquiera sea el día y la hora para prestar la asistencia solicitada ya sea de tránsito, medio ambiente u otros aspectos donde existan ordenanzas o reglamentos para cuidar de una mejor convivencia ciudadana.

LA ORDENANZA Nº 13/2011 EN SU PARTE RESOLUTIVA DICE:

ARTICULO 1º CREASE LA POLICIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO, de conformidad a lo previsto en la Sección 3, Art. 55 y 56 de la Ley 3.966/10 Orgánica Municipal, que funcionará como Dirección General, dependiente directamente de la Intendencia Municipal, que tendrá la facultad de organizar la misma, vía resolución, conforme a las necesidades y recursos financieros con los que cuente el municipio.———–

ARTICULO 2º Son deberes y atribuciones de la Policía Municipal:

a) Vigilar los edificios e instalaciones de la Municipalidad, especialmente los recintos donde se guardan documentos y valores, se presten servicios públicos o sitios de gran concurrencia;

b)      Vigilar los bienes del dominio municipal;

c)      Requerir los exhibición de licencias municipales;

d) Ejecutar o hacer cumplir lo dispuesto en Ordenanzas, Reglamentos y Resoluciones Municipales y las órdenes del intendente y de los Juzgados Municipales de Faltas;

e) Ordenar, dirigir y señalizar la circulación de personas y vehículos en la vía pública y en los predios municipales;

f)   Redactar actas, partes, informes o constancias de los hechos en los que intervienen, elevándolos a las autoridades municipales correspondientes;

g) Solicitar la intervención de la Policía Nacional para la prevención de hechos ilícitos, el mantenimiento del orden y la tranquilidad pública;

h) Prevenir la ocurrencia o prestar auxilios en casos de siniestros como: incendios derrumbes, intoxicaciones colectivas, contaminación ambiental y accidentes en general, pudiendo formar cuerpos especializados y concertar planes de acción conjunta con cuerpos similares;

i)   Organizar escuelas de formación o de especialización para la eficaz cumplimiento de sus funciones;

j)   Realizar todo cuanto sea compatible con sus funciones; y,

k)  Acudir inmediatamente ante la denuncia verbal, escrita, telefónico o ante el conocimiento de un hecho que contravenga las ordenanzas o resoluciones municipales, interviniendo y prestando el auxilio correspondiente, ordenando el cese, suspensión, o rectificación de cualquier falta cometida en flagrancia.

ARTICULO 3º Organización:

  • La Dirección de la Policía Municipal de Tránsito, de seguridad y las dependencias de Inspectorías y Fiscalización, que la Intendencia determine, pasarán a constituirse en órganos pertenecientes a la Dirección General de la Policía Municipal.————————–
  • Será atribución del Intendente Municipal disponer la forma en la que serán organizadas todas la dependencias correspondientes a la Dirección General de la Policía Municipal, debiendo en todo momento prever la atención permanente a los reclamos ciudadanos, estableciendo para el efecto turnos permanentes de modo a prestar servicios durante las veinticuatros horas del día, incluyendo sábados y domingos.————————————–
  • El  funcionario de la Policía Municipal no podrá contar con antecedentes penales, haber culminado sus estudios secundarios y tener una conducta intachable.———————————————————————————
  • La Intendencia Municipal podrá autorizar la portación de armas de fuego para el personal de la Policía Municipal de Seguridad, encargada de la vigilancia de edificios e instalaciones municipales, en cuyo caso deberá contar con el permiso pertinente, en todos los demás casos deberán portar solamente cachiporras.—————————————
  • La intendencia Municipal proveerá a los integrantes de la Policía Municipal del uniforme correspondiente y distintivos, cuyos usos serán  obligatorios para el ejercicio de sus funciones. Los mismos deberán evitar semejanzas que induzcan a confusión con  otros organismos.—————————————-
  • Se organizarán escuelas de formación y/o especialización para el personal dependiente de la Dirección General de la Policía Municipal, de manera a que los mismos cuenten con la capacitación necesaria para el cumplimiento eficaz de sus funciones.——————

ARTICULO 3º Las intervenciones de la Policía Municipal, en hechos que atenten contra el medio ambiente o pongan en peligro la salud de los ciudadanos, deberán ser comunicados de inmediato al Ministerio Público Fiscal correspondiente.—–

ARTICULO 4º Derogar todas las disposiciones contrarias a la presente Ordenanza.————

ARTICULO 5° Comunicar a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda y cumplido archivar.——————————————————————————–

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO A LOS DIEZ Y OCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE.——————————————————————————————

 

 

 

 

 

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