
Posteriormente, según el Cronograma Electoral se abre el periodo de tachas e impugnaciones presentadas sobre las candidaturas. Una vez transcurrido el plazo para la contestación de los incidentes, el Tribunal Electoral resolverá sobre lo presentado en un plazo de tres días, comprendidos entre el viernes 1 y el domingo 3 de marzo. Una vez oficializada las candidaturas se publicará los boletines de voto.
Según el Art. 160 de la Ley 834 “en el caso de renuncia, inhabilidad o muerte de un candidato a cargo unipersonal luego de su oficialización, pero antes de las elecciones respectivas, se estará a las disposiciones de los estatutos de los partidos políticos y los acuerdos de las alianzas; los movimientos políticos deberán reiniciar el procedimiento establecido para su constitución”. Se entiende por cargos unipersonales, el de presidente y vicepresidente de la República y gobernadores. En el caso de los pluripersonales, el candidato es reemplazado por el que le sigue en la lista.
El tiempo límite para presentar renuncia de candidatura a los efectos de la exclusión para la impresión de los boletines de voto es hasta el 15 de marzo. El trámite se debe realizar ante el Tribunal Electoral de la Capital Primera Sala.
El plazo obedece a que el esquema logístico planteado para las elecciones de abril prevé el envío de los boletines de voto a donde corresponde a partir del 15 de marzo. El 5 de abril comenzarán las auditorías, a fin de remitir los primeros maletines electorales al exterior y posteriormente a los departamentos más alejados del país.
La Justicia Electoral tiene previsto imprimir 4 millones de boletines de voto por candidatura, alrededor de 24 millones en total.
Fuente: Agencia de Informacion Pública