Habilitan construcción de motel en cercanías de escuela, colegio, capilla y centro recreativo, también cuenta con el repudio de vecinos de la zona así como una nota de rechazo enviado por el Obispo de la Diócesis de San Lorenzo Monseñor Sebelio Peralta.
Seis concejales de la ANR, aprobaron hoy en sesión ordinaria de la Junta Municipal la construcción de un motel ubicado en la calle Concordia casi Igualdad del barrio Miraflores de San Lorenzo, en total contravención de la Ordenanza Municipal Nº 3/2007 que prohíbe habilitar estos locales si se encuentran a menos de 300 metros de lugares educativos, religiosos, deportivos, salud, plazas y otros centros de recreaciones.
Todo estaba en contra de la construcción; ordenanza, comunidad educativa, integrantes de capilla, vecinos y hasta el Obispo de la Diócesis, pero a la hora de votar seis ediles dijeron “no” a la comunidad y “si” a la violación de la ordenanza.
Se presentaron dos dictámenes, uno a favor de la construcción y otro de rechazo por lo que se tuvo que llevar a votación.
Finalmente ganó el dictamen de aprobación con los votos de: Néstor Ferrer (ANR), Hugo Lezcano (ANR), Ignacio Britez (ANR), Olga González (ANR), Ramón Gill Navarro (ANR) Y Alcibíades Quiñones (ANR).
Se abstuvieron de votar el concejal Nelson Peralta (ANR) quien ayer por la emisora radio Nuevo Mundo dijo estar en contra de la construcción, sin embargo hoy no se decidió ni por el sí ni por el no y se abstuvo de votar. Otro que se abstuvo fue el concejal Pastor Benítez (UNACE), que ensayo un tibio, “pero aquí lo que se aprueba es la construcción y no la habilitación”.
Los que votaron en contra fueron todos del PLRA: Freddy Franco, Alberto Quintana, Osvaldo Gómez y Elvio Caballero
ARTICULOS VIOLADOS DE LA ORDENANZA Nº 3/2007 DE FUNCIONAMIENTO DE MOTELES EN LA CIUDAD
- ARTICULO 5° Ningún Motel podrá ser habilitado a una distancia menor de 300 (trescientos) mts. de lugares educativos, religiosos, deportivos, salud, plazas y otros centros de recreaciones.
- ARTICULO 6° Se Podrá prohibir la construcción de un Motel en la zona determinada, con la oposición de la mayoría de los vecinos que habiten hasta 100 (cien) metros alrededor del mismo. Dicha oposición deberá presentarse antes del otorgamiento del permiso de construcción, expedido por el Departamento correspondiente de la Intendencia Municipal.